Acaba de ser aprobado el proyecto de ley que permite el voto de chilenos en el exterior, donde será una ley orgánica constitucional la que establecerá los requisitos formales que deberá contener la mencionada solicitud y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad con lo dispuesto en los incisos Io y 2° del artículo 18 de la Constitución.
En este contexto, la ley obligaría a los ciudadanos chilenos que residen en el extranjero a inscribirse previamente en un consulado para manifestar la intención de votar en los comicios, lo cual aseguraría que exista un vínculo con el país. Lo anterior apunta a reconocer que por el hecho de vivir fuera de Chile no se ha perdido la ciudadanía y, por ende, que existe para todo ciudadano el derecho voluntario y libre de votar.
Sin embargo, no todas las elecciones políticas tienen la misma función y peso. Por lo mismo, seguirá siendo objeto de discusión la naturaleza del vínculo ciudadano y hasta qué punto será legítima la sola ciudadanía en abstracto para la definición de las autoridades políticas locales. En efecto, es ese mismo vínculo, que un sistema de inscripción voluntaria y automática reconoce como un derecho, el cual lamentablemente en muchos ciudadanos -que hoy sí viven en el país- no ha sido lo suficientemente vinculante como para comprometerlos con las decisiones del país.
16/12/2013