El actual ordenamiento territorial (fronterizo) trilateral entre Chile, Perú y Bolivia data de principios del siglo XX si consideramos el análisis desde la variable político-jurídica. Los tratados de 1904 con Bolivia y 1929 con Perú determinaron las bases del límite terrestre e instauraron el tipo de relación que debía establecerse entre Chile y Perú en el tema de la pretensión boliviana por salida al mar con soberanía en la actual región de Arica-Parinacota. Chile debe acatar el espíritu del acuerdo de 1929, debe mantener la lealtad con Perú en la materia, tranquilizar definitivamente la frontera norte y seguir fortalecimiento los vínculos con el vecino incaico, particularmente luego del exitoso inicio de la integración vía Alianza del Pacífico; paralelamente, definir de una vez por todas la priorización por el desarrollo de la región de Arica-Parinacota y potenciar el sector como el necesario eje estratégico en la relación chileno-peruana, chileno-boliviana y nexo marítimo-comercial de la región central de Sudamérica.
El tema de la aspiración marítima boliviana en cuanto acceso con soberanía al Océano Pacífico por un corredor al norte de la ciudad de Arica se debe plantear con absoluta claridad por parte del Estado chileno en cuanto dar por cerrado el tema; de acceder Chile, significa vulnerar el espíritu y el entendimiento estratégico con Perú en 1929. Lo ideal es avanzar en una política de Estado que busque facilitar más aun el acceso de Bolivia en el marco del Tratado de 1904, sea “…el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico»[1], lo que conllevaba la facultad de tener sus propias autoridades aduaneras en los puertos que se acordara, como la facilidad de conectividad al comprometerse Chile a la construcción de un ferrocarril entre Arica y La Paz; además, se debe considerar el complementar los compromisos asumidos posteriormente, destacando entre ellos los acuerdos de 1955-57 para la construcción de un oleoducto con las concesiones de terrenos en Arica y a lo largo del ducto, necesarias para su operación[2] (compromiso que se complementó en 1992 para darle bidireccionalidad al oleoducto) y la ampliación del libre tránsito al puerto de Iquique en el año 2008, punto que también implica seguir perfeccionando los servicios portuarios que Chile entrega al Estado boliviano y la construcción de un antepuerto en Arica es un buen ejemplo[3].
En el contexto de las características que presenta el nuevo ordenamiento mundial de post Guerra Fría, sistema que está muy influenciado por la mundialización de los mercados, la preponderancia del Asia Pacifico en la productividad, el comercio y la seguridad mundial, las relaciones y el ordenamiento intra-sudamericano deben consolidarse en el ámbito geoestratégico. Modificar el acuerdo territorial de principios del siglo XX entre Chile y Perú tendría evidente impacto en las decisiones y políticas de acceso de los Estados atlánticos (Brasil-Argentina-Uruguay) hacia la región del Asia Pacífico y alteraría la correlación de fuerzas en el posicionamiento de los puertos que recibirán el comercio desde Lejano Oriente; Chile tiene mucho que ganar o perder en este nuevo escenario que está en construcción y la clarificación de sus propuestas y toma de decisiones respecto de las concesiones a que está dispuesto con Bolivia es un paso político-estratégico esencial.
Es pertinente revelar que históricamente Bolivia logró avanzar en compromisos o concesiones por parte de Chile, aparte de las concesiones chilenas por propia iniciativa, aprovechando circunstancias particularmente complejas en la relación vecinal de este con Perú y Argentina; cada vez que se tensionan las relaciones con esos países, particularmente con Argentina, Bolivia entraba en escena o Chile se veía en la necesidad de neutralizar a Bolivia para evitar una dúplice o una triple alianza en su contra. La estrategia es comprensible, la razón de Estado lo ameritaba, pero ella debe manejarse con cautela en el futuro e imponerse la necesaria decisión de no alentar falsas ilusiones al Estado boliviano y con ello desandar lo que ha quedado marcado desde octubre de este año tras el dictamen del máximo organismo de justicia que establece el ordenamiento de la Organización de Naciones Unidas (CIJ).
Dada la interrelación, la complementación económica, más la creciente globalización e interdependencia compleja que caracteriza al mundo de principios del siglo XXI, Chile debe persistir en la integración económica con Bolivia y el acuerdo comercial de 1993 (ACE N° 22)[4] es un buen comienzo; las ventajas arancelarias concedidas y la ampliación de las mismas en el año 2006 apuntan en la dirección correcta al conceder Chile ventajas arancelarias al 100% de la producción boliviana (arancel 0% para toda la producción). La integración económica debe adicionarse con políticas de complementación fronteriza, cultural y de seguridad (seguridad cooperativa) que posibiliten el desarrollo de confianzas y ratifiquen la intencionalidad por parte del estado de Chile en orden avanzar en todos aquellos aspectos que no impliquen cesión territorial soberana.
La reciente sentencia de la Corte Internacional de Justicia en la Causa “Obligación de Negociar el acceso al Océano Pacífico” despeja meridianamente la problemática y Bolivia debe entender que no hay espacio para insistir en la pretensión de acceso soberano vía corredor territorial y Chile, cuando se den las condiciones para retomar las conversaciones de Estado a Estado, debe retomar la senda del perfeccionamiento y la profundización de los acuerdos que metódicamente se han impulsado en los últimos cien años. Así, el ordenamiento territorial establecido con los vecinos del norte a principios del siglo XX mantendrá la letra y el espíritu de las disposiciones que libremente pactaron los actores involucrados.
[1] .- Art VI, Tratado de Paz, Amistad y Comercio.
[2] .- Para ver los alcances del acuerdo, véase el Decreto 363 de 25 de julio de 1957 que Promulga acuerdo entre Chile y Bolivia sobre oleoducto entre Sicasica y Arica.
[3] .- Para una aproximación en el tema de los costos que le significa a Chile la implementación del libre tránsito, véase el trabajo de Ian Thompson y Tomás Bradanovich, Costos para la Región de Arica y Parinacota incurridos por el cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad de 1904 y otras facilidades concedidas por chile a Bolivia. Revista de Estudio Internacionales, Universidad de Chile (2015), N° 182: 79-103.
[4] .- Para mayores detalles, véase las disposiciones del acuerdo en https://www.direcon.gob.cl/wp-content/uploads/2010/02/ACE-22.pdf.
Profesor de Historia Universal Contemporánea y Actualidad Internacional
Universidad del Desarrollo